Normativas 004-2025 y 005-2025: lo que TELCOR ahora exige para importar celulares a Nicaragua

Si usted trae celulares a Nicaragua para revender, el trámite cambió. TELCOR publicó en La Gaceta las primeras seis normativas que desarrollan la Ley de Telecomunicaciones Convergentes, y dos de ellas le tocan directamente a quien importa equipos.
No es un cambio de tarifas. Es un cambio de permisos. Y la parte que más duele es la que ya existía: sin el papel correcto, la Dirección General de Servicios Aduaneros retiene su carga y no la libera hasta que aparezca.
Vamos por partes.
Qué publicó TELCOR y cuándo
Las normativas se oficializaron el 18 de noviembre de 2025 en La Gaceta. Son seis: Títulos Habilitantes (002-2025), Atención de Reclamos de Usuarios (003-2025), Homologación de Equipos (004-2025), Constancias de No Objeción para Internación de Equipos (005-2025), Cánones y Tarifas (006-2025), y los apartados de infracciones y sanciones.
En total deben emitirse diecinueve normativas para completar la puesta en marcha de la ley. Las dos que le importan al importador de celulares ya están vigentes.
La normativa 004-2025: homologación de equipos
La 004-2025 fija los criterios de homologación. Según el propio documento, su fin es garantizar la conformidad, la compatibilidad electromagnética y la interoperabilidad en las redes, además de la seguridad de usuarios, operadores y público general.
En la práctica, esto le da a TELCOR la facultad de prohibir la venta o circulación de equipos que no cuenten con su autorización. Un celular sin homologar no es un celular que usted pueda vender legalmente en Nicaragua, aunque ya esté en el país.
Lo que TELCOR pide para homologar es documentación técnica: ficha técnica o manual del fabricante, certificaciones internacionales del tipo FCC, CE o UIT, y un certificado de conformidad emitido por un organismo de normalización o una autoridad reguladora acreditada.
Si el equipo viene del mercado estadounidense, casi siempre trae FCC ID. Ese es su punto de partida.
La normativa 005-2025: Constancia de No Objeción
La 005-2025 obliga a obtener una Constancia de No Objeción para ingresar al país equipos bajo régimen restringido. TELCOR define el alcance como equipos de telecomunicaciones y sus elementos asociados o complementarios que estén bajo ese régimen.
Es un documento distinto de la homologación. Uno certifica que el modelo cumple; el otro autoriza que esa carga entre. Necesita los dos, y no salen del mismo trámite.
El Registro de Importador y sus dos pagos
Antes de cualquiera de los dos anteriores está el registro. TELCOR exige que el importador esté inscrito en el Registro de Importación de Equipos de Telecomunicaciones, y publica la lista de requisitos.
Una comunicación de solicitud dirigida a la Dirección de Titulación y Atención a Operadores y Usuarios, con una descripción breve de los equipos a importar. El formato de Registro de Importación debidamente completado y firmado. Y las especificaciones técnicas, brochures y manuales de cada modelo.
Después va la documentación legal del solicitante. Para persona natural: cédula de identidad y cédula RUC. Para persona jurídica: escritura de constitución, cédula de cada socio, poder de administración del representante legal y cédula RUC de la empresa. Todo autenticado por notario público.
Los pagos son dos, según el Acuerdo Administrativo de Tasas y Derechos No. 10-2012. Novecientos cuarenta y nueve córdobas con diez centavos por derecho de estudio de la solicitud, y tres mil trescientos un córdobas con veinte centavos para que le entreguen la Constancia de Registro.
No es un monto que quiebre a nadie. El problema nunca es el dinero en este trámite, es el tiempo que se pierde empezándolo tarde.
Qué pedirle a su proveedor en Miami
Tres cosas, y deben llegarle en PDF antes de que la carga se mueva.
El FCC ID y el certificado de conformidad de cada modelo de la lista de empaque. No el número suelto en una hoja de cálculo, el documento.
Números de modelo que coincidan exactamente con el certificado. Una variante regional con sufijo distinto puede tratarse como equipo diferente, y eso significa otro trámite.
Factura comercial detallada por modelo y cantidad, porque la descripción de equipos que usted presenta ante TELCOR tiene que cuadrar con lo que llega al puerto.
En A1A Solutions enviamos FOB Miami con mínimo de treinta unidades y mandamos esta documentación junto con el pedido, no después de que alguien la pida. Si usted también mueve producto hacia Honduras o Costa Rica, el paquete documental es casi el mismo y le sirve para los tres mercados.
Lo corto
Homologación y Constancia de No Objeción son dos trámites, no uno. El registro de importador va antes que ambos. Y la documentación que los resuelve sale del proveedor, no de la aduana.
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